jueves, 4 de agosto de 2016

La mesa de dinero del casino flotante: el otro escándalo de Scioli.

por Alexis Di Capo 
Asunto mesa de dinero casino flotante. Evasión tributaria agravada. Luis Peluso. Sociedad de hecho. Nuevamente en el centro de la escena a partir de las denuncias efectuadas por la diputada nacional doctora Elisa Carrió contra Daniel Scioli.

En este caso, la hipótesis de delito remite a una maniobra de ocultamiento consistente en omitir a lo largo de consecutivos períodos fiscales las ganancias obtenidas a partir de la actividad financiera marginal llevada a cabo en la sede del Casino Flotante, siendo que esa misma maniobra de ocultamiento fue llevada a cabo por todos y cada uno de los integrantes de la sociedad de hecho responsable del mentado Casino Flotante. Por tanto se trata (la evasión tributaria agravada) de un delito de pura actividad y de acción permanente, donde la actividad delictiva consistente en la sistemática omisión de declarar ante el ente impositor la ganancia producida por esa actividad financiera marginal proyecta el ilícito en forma consecutiva hacia todos los períodos fiscales posteriores desde el inicio mismo de dicha actividad. El caso fue llevado hacia la prescripción y ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe resolver si, conforme lo hiciera con el caso de la valija de Antonini Wilson, revoca dicha prescripción y ordena que se investigue el caso.
De hecho la sistemática omisión de exteriorizar las ganancias consecutivamente devengadas por la sociedad de hecho a partir de los años 1999 y 2000, constituye la materia delictiva a investigar en la sede del Juzgado en lo Penal Tributario; y se trata en este caso -dada las modulaciones específicas que presenta el caso- de un delito de omisión permanente y de pura actividad, donde, como se dijo, la ilicitud perdura en el tiempo durante todo el tiempo en que el responsable persiste en la actitud omisiva de ocultar la ganancia devengada.
El imputado Peluso alegó en sede laboral que su única actividad económica era la que llevó a cabo en la empresa LINSER S.A. (afirmación reafirmada por su Contadora María del Pilar Rego); como dato objetivo esa afirmación se pone en crisis -como ya se dijo en varias presentaciones escritas- desde el momento en que el señor Peluso revistió el cargo de titular de Lotería de la Provincia de Buenos Aires, dato éste por si solo que contribuye a descreer de aquella afirmación.
Pues bien; ¿por qué extraña razón el señor juez -de modo manifiestamente arbitrario (y no precisamente discrecional)- denegó la producción de un peritaje contable para evacuar la cita del propio imputado en sede laboral? ¿Por qué extraña razón no se llevan a cabo averiguaciones tendientes a conocer los balances de la firma LINSER S.A., las DDJJ que haya presentado ante el ente impositor? ¿Por qué extraña razón no se llevó a cabo tal peritaje contable para determinar si LINSER S.A. arrojó utilidades, y en su caso si Peluso extrajo o retiró utilidades de dicho ente ideal?
Resulta de toda obviedad que los funcionarios de la AFIP DGI que confeccionaron el informe ya agregado la sede del Juzgado en lo Penal Tributario, han incurrido en las graves distorsiones arriba denunciadas.
Rubén José Curdi que manejó la mesa de dinero -prohibida desde 1994- que el titular de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires, Luis Peluso, formó en 1999, en el casino flotante “La Estrella de la Fortuna”.
En declaraciones al diario Perfil, su ex empleado dio detalles sobre cómo el funcionario del gobernador Daniel Scioli habría lucrado junto a Miguel Ángel Egea, quien a su vez está acusado de integrar empresas de represores de la ESMA montadas con los bienes de desaparecidos. Entre ambos, habrían prestado 14 millones de dólares en seis meses, sin declarárselo al Estado.
Curdi contó que el empresario del juego Oscar “Data” Robinson fue quien lo llevó a trabajar al barco Casino Buenos Aires. “El trato era que Robinson ponía los clientes y el resto de los socios, Peluso, Egea, Lito Fernández e Isaías Vodolarsky, ponía el capital. El 6 de diciembre de 1999 se empezó a trabajar, cuando Lito Fernández trajo el capital inicial”.
Este ex miembro de la organización contó que se trabajaba “dentro del barco Estrella de la Fortuna y les prestábamos dinero a los jugadores fuertes para apostar”.
Aunque Peluso negó en un juicio laboral que haya sido su empleado, Curdi manifestó que es fácil de comprobar que no es así “porque a toda persona que ingresa al barco, el casino la filma y vigila todos sus movimiento”.
“Estamos en las filmaciones de la sala VIP. Funcionarios de Lotería Nacional me preguntaban a mí quiénes eran los jugadores fuertes para hacer relaciones públicas”, denunció.
Curdi, que dijo haber trabajado siete meses allí, contó el modus operandi: “Un jugador fuerte no lleva 50 mil dólares encima. Por eso estábamos nosotros, para prestarles el dinero que apostaban. Podían apostar 1.000 dólares a un número y ganar hasta 432 mil”.
Siempre según la denuncia del ex trabajador, los inversores pagaban un interés pequeño a la hora de devolver el dinero, pero “la ganancia extraordinaria estaba en el 12,5% de lo que perdía cada jugador, que el barco le pagaba a Peluso y los socios”.
Curdi reveló que el funcionario de Scioli “era el que más se movía, venía, recorría el lugar y me preguntaba cuánto se había prestado”.
Del contexto del expediente N° 35921/02 “Curdi, Rubén José c/CASINO DE BUENOS AIRES SA s/ DESPIDO” (51282), surge claro -también- que la absolución de posiciones dada por Oscar Eduardo Rato Robinson, abastece el concepto arriba vertido.
De las declaraciones brindadas por el señor Cainelli en sede laboral surge acreditado que la sociedad de hecho brindaba anticipos de dineros a apostadores del Casino por lo menos hasta el año 2.004, circunstancia ésta que permite inferir que esa actividad financiera sigue brindándose en la actualidad como servicio especial para comodidad de los apostadores con gran capacidad económica.
Lo supra aludido, a su vez, permite inferir que la evasión impositiva se proyecta, en su consumación, en forma ininterrumpida, desde el inicio de la actividad comercial de dicha sociedad de hecho, por cuanto no ha cesado la omisión de declarar -ante el ente impositor- y de declarar las ganancias obtenidas como consecuencia directa de la rentabilidad obtenida a partir de esa misma actividad financiera.
Se acredita, asimismo, que el capital social inicial de la sociedad de hecho en cuestión oscilaba alrededor de un millón de dólares estadounidenses.
No se exhibían -a la vista del público- carteles que indicaran prohibición alguna de aceptar préstamos en la sala de juegos.
Está asimismo acreditado que le fue asignada al señor Curdi una caja de seguridad en la misma sede del Casino Flotante.
De la declaración de Héctor Osvaldo Cainelli (expte. N° 35921/02) (24/05/05), surge claro que conoció a Robinson del Casino de Mar del Plata, del barco Casino y de las Vegas -EEUU- y Punta del Este; admite -y describe- el mismo Cainelli la metodología aplicada en los anticipos de dinero (préstamos de dinero) dados a los apostadores; esto es, “el dicente entraba al casino con 10, 20, 30.000 U$S, perdía y el turco (Curdi) le iba a buscar plata tres o cuatro veces iba a la caja, la traía plata, al otro día la iba a buscar y el dicente le pagaba un pequeño interés, que si no fuera por el actor el dicente no hubiese perdido tanto porque uno pierde y se va y aparte el dicente tiene crédito en el Conrad de U$S 100.000 para poder jugar -sic-.” “Que esto ocurrió desde que abrió el casino que cree que el casino está desde hace cinco años…”
Estos datos se corroboran con distintas crónicas periodísticas, a saber; Diario Perfil (5/07/09), sección política, pág. 15 (Chiche Peluso, bajo la lupa judicial, Investigan al jefe de Lotería de Scioli por negocios en las Vegas); idem 12/07/09; Perfil ( Scioli, complicado por la investigación de los negocios de su “cajero” con el juego); ídem misma crónica pág.2 (Nuevas denuncias contra el titular de los casinos complican a Scioli); ídem pág. 3 (Un hombre ligado al menemismo, que creció con el negocio del juego).
Del contenido de dicha crónica periodística surge claro (ver cuadro sinópico) el detalle y la frecuencia de los viajes al exterior efectuados por Peluso, esto es 67 viajes, entre los años 2.004 y 2.009, a los EEUU -20-, Uruguay -35-, Chile -7-, Italia -4-, Brasil -2-, y el detalle de los medios de transporte utilizados.
Otra crónica periodística remite al diario La Nación (17/07/09) (“Investigado, el director de la lotería provincial se apresta a renunciar”), pág. 7, donde se da cuenta de imputaciones en sede judicial por enriquecimiento ilícito y evasión tributaria.
Clarín brinda otra crónica periodística (29/07/09) (“Por las denuncias judiciales, Scioli echó al titular de Lotería”).
No se pidió a la Unidad Funcional de Instrucción Complejo N° 8 de la Plata (UFIC) requiriéndose copia certificadas de las actuaciones tramitadas en dicha sede respecto de Luis Peluso, por presunto enriquecimiento ilícito y probables negociaciones incompatibles con la función pública.
Tal investigación habría tenido lugar en virtud de buscarse saber, por ejemplo, con el señor Peluso habría adquirido un departamento de aproximadamente 300 metros cuadrados en el estado de la Florida -EEUU-, valuado supuestamente en US$ 2.100.000.

Informador Público (• 02/08/2016 • )


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